En Ley de 2ª Oportunidad somos conscientes de la importancia que tiene para aquellas personas que se encuentran en una situación de insolvencia y son perseguidos por sus acreedores aclarar algunas dudas relacionadas con este procedimiento concursal para personas físicas, como el tiempo que se tarda desde que contactas con un abogado hasta que se reducen o se saldan tus deudas.
Como es sabido, la Ley de la Segunda Oportunidad permite a aquellos autónomos y particulares endeudados eliminar hasta el 100% de sus deudas para que puedan empezar de nuevo sin cargas. Pero, ¿cuánto tarda este procedimiento en llegar hasta la ansiada exoneración? Aquí te vamos a dar una guía.
CUÁNTO DURA EL PROCESO DE LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
Lo primero que hay que dejar claro es que la Ley de la Segunda Oportunidad no tiene una duración fija, pues va a depender en gran medida de en qué fase del proceso nos encontremos.
Este procedimiento consta de dos fases principales:
- Una primera fase extrajudicial, donde se negocia con todos los acreedores para conseguir afrontar la deuda en pagos asumibles para el deudor, mediante la aplicación de quitas y esperas.
- Y una segunda fase judicial, donde se solicita ante el juez el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).
La duración dependerá, pues, de si el procedimiento concluye en la 1ª o en la 2ª fase del proceso, pero también va a depender de dónde empiece, puesto que, tras la publicación del nuevo texto refundido de 5 de mayo de 2020, ya no es requisito indispensable intentar el acuerdo extrajudicial de pagos para obtener el BEPI.
Si el procedimiento termina en la primera fase extrajudicial, el tiempo de duración medio es de entre 2 y 5 meses.
La fase judicial es también la fase del concurso consecutivo. En ella se liquidará el patrimonio del deudor para destinar el dinero a satisfacer las deudas. La persona encargada de llevar a cabo la liquidación del patrimonio es el administrador concursal designado por el juez.
Si no hay bienes que liquidar durante el concurso, esta segunda fase suele durar entre 8 y 12 meses. En el caso de que haya bienes, el proceso se dilatará un poco más, pues los abogados tratarán de evitar la liquidación de algunos bienes esenciales (vivienda habitual, vehículos) alegando diferentes argumentos jurídicos, como pueden ser el uso profesional de los mismos o presentar un valor de tasación insuficiente.
No hay que olvidar que la duración de la fase judicial va a depender en buena medida de circunstancias impredecibles como la saturación del juzgado, la complejidad del caso o el número de bienes a liquidar.
Una vez finalizada la liquidación de los bienes, se solicitará al juez el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, donde el deudor podrá exonerarse de aquellas deudas que no hayan podido ser pagadas tras la liquidación del patrimonio, mientras éstas no superen los 5 millones de euros.
Si transcurridos 5 años la situación del deudor sigue sin hacer posible el pago de las deudas pendientes (y no ha ocultado bienes o derechos), entonces quedarían canceladas definitivamente.
Saber más sobre el Procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad.
¿CÓMO PUEDO AGILIZAR LOS TRÁMITES?
Lo que sí puedes hacer para acortar los tiempos es agilizar los factores que dependan de ti, como contratar al abogado y procurador e ir reuniendo la documentación necesaria. En este sentido, puedes empezar por aportar los siguientes documentos a tu abogado especialista en Ley de Segunda Oportunidad para que pueda desarrollar la mejor estrategia procesal:
- Documentación personal: DNI, certificado de nacimiento y matrimonio, libro de familia, sentencias de separación o divorcio, certificado de antecedentes penales (si lo hubiera), etc.
- Documentación económica: nóminas y rentas, declaraciones de impuestos, certificados del Registro de la Propiedad, cuentas bancarias, contratos de compraventa, inventario de bienes de valor, etc. Conviene que documentes asimismo tus gastos mensuales, en especial si eres propietario y quieres intentar salvar tu vivienda habitual.
- Listado de acreedores, detallando en la medida de lo posible tus deudas.
¿QUÉ PODEMOS HACER POR TI?
Algo que debes tener muy presente es que la Ley de Segunda Oportunidad te protege de cualquier intento de embargo y nuevos intereses, por lo que no debes temer la duración del proceso legal, que supondrá la cancelación de todas tus deudas pendientes.
A título orientativo, en nuestro caso, y gracias a que prescindimos del intento de acuerdo extrajudicial con los acreedores (que fracasa en el 90% de los casos y que demora casi 8 meses el inicio del procedimiento judicial), podemos conseguirte el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) en un año, y puede que incluso en menos. Y, además, de esta manera te ahorramos los gastos en notario y mediador.
Con la nueva Ley, los tiempos se han acortado muchísimo para los concursos sin masa. En Ley de 2ª Oportunidad estamos teniendo una media de 5 meses, y últimamente hemos llegado a conseguir un EPI en 3 meses.
Ya seas una persona física o un emprendedor que ha visto cómo su negocio naufragaba y quieres acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad, pídenos asesoramiento y nuestros abogados expertos en Derecho Concursal estudiarán tu caso y, si cumples los requisitos, se pondrán manos a la obra para librarte de las deudas en el menor tiempo posible.