Para poder acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad y beneficiarte de la exoneración de tus deudas debes demostrar que eres un deudor de buena fe. ¿Pero qué significa esto? En este artículo vamos a explicarte qué hay detrás de este singular concepto jurídico y cuáles son los requisitos para ser un deudor de buena fe.
QUÉ ES EL CONCEPTO DE BUENA FE
El concepto de buena fe aparece recogido en el artículo 7 del Código Civil, y se refiere a la actuación de una persona basada en la rectitud de su conducta, honradez y veracidad.
Esta definición se ha convertido en un principio general del derecho, y es de gran ayuda a la hora de dilucidar cuestiones que pueden ser litigiosas o controvertidas.
REQUISITOS PARA SER UN DEUDOR DE BUENA FE
En el marco de la Ley de Segunda Oportunidad, tal y como reconoce el Tribunal Supremo, el concepto de buena fe no es valorativo (art. 7.1 CC), sino normativo; es decir, tiene buena fe quien cumpla dos requisitos:
- Que el propio concurso no haya sido declarado culpable por el juez concursal.
- Que el deudor no haya sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los 10 años anteriores.
Aquí tienes más información sobre los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Como hemos adelantado, ser deudor de buena fe es una condición sine qua non para poder acogerse al BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho); esto es, al perdón de las deudas.
A este respecto, el artículo 487 del Texto Refundido Ley Concursal 178 bis.3 de la Ley Concursal señala:
Sólo se admitirá la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho a los deudores de buena fe.
Así pues, la Ley Concursal es la que establece quién es un deudor de buena fe, y lo que busca es asegurarse de que la situación de insolvencia del deudor se ha originado por la adversidad, que es fortuita y no proviene de situaciones en las que las deudas se hayan originado por la mala fe.
Dentro del proceso concursal de la Segunda Oportunidad es fundamental ser sinceros y honestos con la información que facilitamos sobre gastos e ingresos, patrimonio y deudas.
Si recibes una gran cantidad de dinero de forma inesperada, deberás comunicarlo, ya que, al haber cambiado tu situación económica, se podría modificar el curso del procedimiento. La herencia suele ser el caso más habitual en este contexto.
No podrás pedir una nueva financiación o un nuevo préstamo durante este proceso. Tampoco podrás comprar o vender bienes, salvo que tengas el consentimiento del mediador concursal y del juez.
Debes saber que durante todo este procedimiento estarás protegido por la Ley, lo que significa que tus deudas no aumentarán al quedar paralizados los intereses.
Si eres un particular o autónomo y quieres conseguir la exoneración de tus deudas (también las contraídas con la Seguridad Social y Hacienda), nuestros abogados expertos en Ley de 2ª Oportunidad estudiarán tu caso para que no tengas que preocuparte de si reúnes todos los requisitos para ser deudor de buena fe. Te ofrecemos un estudio de viabilidad gratuito. Y recuerda, sólo cobramos si ganamos.